El propósito del reglamento de seguridad y salud ocupacional en minería, de acuerdo con su artículo 1, es evitar la aparición de incidentes, incidentes peligrosos, accidentes laborales y enfermedades profesionales, mediante la promoción de una cultura de prevención de riesgos laborales en el ámbito minero. La regulación cuenta con la colaboración de trabajadores, empleadores y autoridades estatales, quienes se encargarán de fomentar, divulgar y hacer cumplir su cumplimiento.
Alcance del reglamento de seguridad en minería
El artículo 2 del reglamento de seguridad y salud ocupacional en minería establece las actividades que están sujetas a las disposiciones de esta regulación. Dichas actividades incluyen:
a) Las operaciones mineras realizadas en superficie o subsuelo para la extracción de minerales metálicos y no metálicos, tales como
- La exploración (mediante perforación diamantina, cruceros, trincheras, entre otros),
- La explotación (con actividades como el desarrollo, preparación, explotación propiamente dicha, depósitos de minerales, desmontes y relaves, entre otros),
- El beneficio (mediante procesos como el lavado metalúrgico, preparación mecánica, concentración, lixiviación, adsorción, desorción, Merrill Crowe, tostación, fundición, refinación, entre otros),
- Almacenamiento de concentrados, carbón activado, refinados, minerales no metálicos, relaves, escorias y otros,
- Sistemas de transporte minero (incluyendo fajas transportadoras, tuberías o mineroductos, cable carriles, entre otros),
- Labores generales (como ventilación, desagüe, izaje o extracción, entre otros),
- Actividades de cierre de minas y de reaprovechamiento de pasivos ambientales mineros en la etapa de ejecución de cierre.
b) Las actividades relacionadas con la actividad minera, tales como construcciones civiles, montajes mecánicos y eléctricos, instalaciones complementarias, tanques de almacenamiento, tuberías en general, generadores eléctricos, sistemas de transporte que no son concesionados, uso de maquinaria, equipo y accesorios, mantenimiento mecánico y eléctrico, comedores, hoteles, campamentos, servicios médicos, vigilancia, construcciones y otros tipos de prestación de servicios. (Este artículo fue modificado por el Decreto Supremo N° 023-2017-EM, artículo 1).
¿Cuál es el alcance al personal del reglamento de seguridad en minería?
En adición, el reglamento de seguridad en minería establece que todas las personas naturales o jurídicas, ya sean públicas o privadas, que se dediquen a realizar actividades mineras y actividades relacionadas con el personal propio o contratado, deben cumplir con las disposiciones de este reglamento. Esto incluye a los trabajadores que no tengan un vínculo laboral con el titular de la actividad minera, sino que trabajen para una empresa contratista que preste servicios al titular o estén dentro del ámbito de su centro de trabajo.
Por otro lado, el reglamento establece normas mínimas para la prevención de riesgos laborales, aunque los titulares de actividades mineras y los trabajadores pueden establecer estándares de protección que superen lo estipulado en este reglamento. Además, toda referencia a la palabra "Ley" en este reglamento se refiere al Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-92-EM.
Recordar por otro lado que el reglamento en mineria que se habla, fue aprobado mediante D.S. N° 024-2016-EM, el mismo que fue modificado por el D.S. N° 023-2017-EM.
Normas que fija el reglamento de seguridad en minería
Como experto en compañías mineras, se pueden establecer las siguientes pautas para fomentar la seguridad y salud ocupacional en la organización:
- Crear una cultura de prevención y proactividad en toda la empresa, promoviendo comportamientos seguros.
- Realizar la explotación racional de los recursos minerales, cuidando la vida y la salud de los trabajadores y el medio ambiente.
- Fomentar el liderazgo, compromiso, participación y trabajo en equipo de toda la empresa en relación a la seguridad y salud ocupacional.
- Capacitar a los trabajadores para que puedan comprender los estándares, procedimientos y prácticas de seguridad en el trabajo.
- Promover el cumplimiento de las normas de seguridad y salud ocupacional mediante la aplicación de las disposiciones vigentes y conocimientos técnicos profesionales.
- Realizar una adecuada fiscalización integral de la seguridad y salud ocupacional en las operaciones mineras.
- Asegurar un compromiso visible por parte del titular de la actividad minera, empresas contratistas y trabajadores con la gestión de la seguridad y salud ocupacional.
- Mejorar la autoestima del recurso humano y fomentar el trabajo en equipo para incentivar la participación de los trabajadores.
- Fomentar y respetar la participación de las organizaciones sindicales o representantes de los trabajadores en las decisiones relacionadas con la seguridad y salud ocupacional.
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