Recientemente se aprobó la Resolución de Superintendencia Nº 453-2021-SUCAMEC mediante la cual se regula la directiva que regula las condiciones, características y medidas de seguridad de las instalaciones de almacenamiento de explosivos y materiales relacionados. De esta manera se dejo sin efecto la Resolución de Superintendencia Nº 123-2020-SUCAMEC que aprobó la anterior directiva que regula las condiciones y medidas de seguridad de las instalaciones que almacenan explosivos y materiales relacionados, considerando además todo lo relacionado a disposiciones para la presentación de la solicitud de autorización para el almacenamiento de explosivos.
Objetivo de la Norma
Mediante esta norma se busca establecer las condiciones, características y medidas de seguridad aplicables al almacenaje de explosivos, incluyendo materiales relacionados. Dentro de estas instalaciones se encuentra los llamados polvorines o almacenes. Además se busca establecer las condiciones y requisitos para tramitar la autorización de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC) para el almacenamiento de lo denominado explosivos y materiales relacionados (EMR).
De esta manera se busca reducir los riesgos presentes en las actividades relacionadas con el almacenamiento de EMR, ya que brinda al usuario toda la información necesaria sobre las condiciones, características y medidas de seguridad, bajo las cuales deben desarrollar esta actividad. Mediante estas pautas se busca salvaguardar la integridad y seguridad de los trabajadores involucrados, así como de la ciudadanía en general. Finalmente se busca suministrar predictibilidad a las funciones de evaluación, control y fiscalización por parte de la SUCAMEC, optimizando los procedimientos administrativos de esta entidad para la atención de las solicitudes pidiendo autorización de este tipo de instalaciones.
Alcance de la norma
La directiva aprobada es de cumplimiento obligatorio para las personas naturales o jurídicas que buscan almacenar EMR como parte del desarrollo de alguna actividad lícita que este autorizada. Además la obligatoriedad también se extiende a la Gerencia de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil (GEPP), la Gerencia de Control y Fiscalización (GCF) y los Órganos desconcentrados de la SUCAMEC. Este alcance también comprende a todo tipo de entidades públicas que colaboren a nivel nacional con la SUCAMEC en el control y fiscalización de actividades donde se involucra el uso de EMR.
No olvidar que la actividad minera es una de las que mas uso hace de estas practicas de voladura, que es un proceso rutinario para extraer el mineral, por lo que las mas importantes compañías mineras, deben acogerse bajo el esquema de esta directiva, a fin de proteger la vida de sus trabajadores, la integridad de sus instalaciones y obviamente de esa manera cumplir con la normativa legal vigente. Esto evitara la aplicación de multas y sanciones por parte del órgano regulador.
Requisitos para presentar la Solicitud de autorización
Comprende la presentación de los siguientes documentos:
- Formulario de solicitud de acuerdo al formato aprobado por la SUCAMEC donde se indica la información detallada de acuerdo al marco legal regulador.
- Copia del plano de ubicación, así como el diseño de las estructuras que se pretende utilizar, indicando información detallada como la georreferenciación, a fin de conocer la ubicación del polvorín o almacén.
- Declaración jurada del encargado de despacho y seguridad de cada una de las instalaciones relacionadas con la autorización de almacenamiento, haciendo uso del formato de SUCAMEC.
- Informe especifico detallando las medidas de seguridad a implementar en cada una de las instalaciones que se pretende utilizar.
- Copia de la póliza de seguro que indica la responsabilidad civil que cubra daños a las personas y propiedad pública y privada, exceptuando a las personas sujetas a la formalización minera.
Tramite de modificaciones
En caso de querer gestionar la modificación de la autorización por ampliación de nuevas instalaciones de almacenamiento o también debido al incremento de la capacidad de almacenamiento de una o más de sus instalaciones, el administrado debe proceder a presentar un expediente detallando la información con los cambios. Para este tramite tener en cuenta el Procedimiento N° 21 del TUPA, considerando:
Tener en cuenta que todo polvorín o almacén autorizado debe mantener las características de construcción mientras este vigente la autorización respectiva. Además se debe cumplir de manera permanente con las medidas mínimas de seguridad establecidas en esta directiva, así como con la tabla de compatibilidad de EMR. Finalmente se hace hincapié en la señalización ya que se trata de productos altamente peligrosos, que podrían causar daños materiales considerables y humanos en caso de no cumplirse con las medidas preventivas.
¿Qué función cumple la SUCAMEC?
La SUCAMEC realiza las inspecciones inopinadas o programadas, con la finalidad de comprobar que se cumplen y mantienen los estándares en cuanto a la capacidad de almacenaje, de seguridad y conservación de las estructuras. Las modificaciones que se tramite por parte de los administrados, serán debidamente comunicadas a SUCAMEC. estos tramites estarán relacionados siempre con la mejora de las condiciones de almacenamiento de EMR.
Si en caso se requiere trasladar explosivos y/o materiales relacionados de uso civil, se debe cumplir con la Directiva 010-2017-SUCAMEC, donde se especifica las guías de tránsito y custodia para el traslado de explosivos y materiales relacionados, catalogados de uso civil.
Clasificación de los Polvorines
Básicamente por la naturaleza de los almacenes o polvorines estos se clasifican en :
- Polvorines permanentes, de larga data en una solo ubicación
- Polvorines provisionales, de permanencia temporal
- Polvorines móviles, se encuentran en constante traslado
- Polvorines especiales, que comprende tanques, canchas o silos donde se almacena explosivos en distintas presentaciones como granel, en gel o emulsión
Aspectos sobre la ubicación de los Polvorines o Almacenes.
Estos aspectos deben ser considerados antes de proceder a solicitar la autorización respectiva:
- El suelo debe estar firme, seco, permeable al agua y nivelado.
- Debe existir un espacio adecuado para la separación de los diferentes tipos de EMR, según su compatibilidad especifica
- Debe haber planificación de espacio para permitir la expansión, teniendo facilidades en cuanto a la comunicación, que implica encontrarse accesibles a las principales carreteras, pero alejadas de modo que no represente un peligro los que transiten por dichas vías.
- Debe haber una protección natural contra fuegos, pudiendo tratarse de cerros o grandes extensiones de tierra estéril que no implique elementos que puedan incinerarse.
- Debe tener acceso restringido, empleando personal idóneo de seguridad.
- estas instalaciones no debe de ubicarse cerca a hospitales, o edificios habitados.
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