¿Cuándo las empresas deben hacerse cargo de un accidente de trabajo? - Seguridad y Salud en el Trabajo

¿Cuándo las empresas deben hacerse cargo de un accidente de trabajo?

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Bien es sabido que últimamente el índice de accidentabilidad ha aumentado de manera alarmante. Por eso es importante saber cuando las empresas deben hacerse cargo de un accidente de trabajo,  el cual podría ocurrir en cualquier momento. Debido a la trascendencia de este tema es fundamental que los trabajadores conozcan y sepan identificar todo el marco legal que los ampara en caso de un suceso inesperado.

¿Cómo se define al accidente de trabajo?

Se dice que un accidente de trabajo es todo suceso repentino que puede producirse a causa o motivado por una actividad laboral, que tiene el potencial de provocar en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, e incluso una invalidez temporal o permanente o en el peor de los casos la muerte.

De acuerdo a opiniones de especialistas entendidos en el tema, explican que considera accidente de trabajo a aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador o durante el desarrollo de una tarea especifica bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. Es decir puede trascender el lugar de trabajo y el tiempo establecido en la jornada laboral.

Situaciones a tener en cuenta en caso de un accidente laboral

En caso de producirse un accidente laboral es de vital importancia que los trabajadores conozcan las situaciones que deben afrontar en caso de ser los afectados:

Cobertura de gastos

Esto se refiere a que el aporte mensual que la empresa realiza a EsSalud descontando del sueldo del trabajador, debería cubrir cualquier atención o gasto médico, en caso el trabajador lo requiera. Además de dicha entidad se incluye también las clínicas que cubra la Entidad Prestadora de Salud (EPS) de ser el caso, ya sea se trate de una enfermedad común o dicha atención se deba a un accidente de trabajo.

Por otro lado importante tener en cuenta que los trabajadores que realicen labores de alto riesgo, tienen derecho a que la cobertura de sus atenciones y gastos médicos debido a accidentes de trabajo, sea cubierta por el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR). Es ahí donde radica la importancia que este seguro se mantenga al día con el pago a la compañía aseguradora, teniendo el trabajador toda la potestad de exigirle a su empleador este pago.

Estatus laboral fuera de Planilla

Para el caso que el trabajador no se encuentra en la planilla, pero a pesar de ello desarrolle labores subordinadas, lo primero que debe hacer es solicitar el reconocimiento de su vínculo laboral con la empresa y su registro en la planilla de pagos de la empresa.

recordar que cuando un trabajador no estar registrado, este no tiene cobertura de EsSalud. Por otro lado si logra el reconocimiento de su vínculo laboral, lo cual puede hacerlo mediante la autoridad de trabajo SUNAFIL o del poder judicial. Si en estas condiciones llegase a sufrir un accidente sin contar con la cobertura a EsSalud, es allí donde el empleador sea quien asuma los gastos que implique la atención del accidentado.

Pago de los honorarios

Para el caso que el trabajador no pueda asistir a su centro de trabajo, debido a una incapacidad temporal producida por un accidente o enfermedad común, el empleador tienen la obligación de pagar con normalidad el sueldo del trabajador, sin ningún tipo de descuento.

Además, tener en cuenta que de tratarse de una incapacidad que implique un largo periodo de inactividad, los 20 días iniciales de incapacidad serán asumidos por la empresa, mientras que de forma subsiguiente se cubrirá la remuneración del trabajador afectado mediante el subsidio que otorga EsSalud. No obstante, el empleador debe seguir abonando el respectivo sueldo del trabajador de forma mensual hasta el lapso máximo de 1 año.

Rehabilitación física

Cuando el accidente implique un periodo de rehabilitación para el trabajador, los gastos médicos que esto involucre serán cubiertos a partir del aporte a EsSalud, ya sea que el trabajador afectado se atienda en esta entidad o en su defecto se encuentre afiliado a alguna EPS.

Despidos arbitrarios

Es importante saber que todo trabajador que haya superado el periodo de prueba tiene derecho a una protección contra el despido arbitrario, Ya sea si este se encuentra recuperándose de algún accidente o enfermedad común. por tanto el trabajador no podrá ser despedido, a menos que exista una causa justificada contemplada en la ley.

En caso de tratarse de trabajadores con contrato a plazo fijo, si su descanso médico coincide con el vencimiento de su contrato, es valido que el empleador comunique al trabajador el término de la relación laboral, lo cual legalmente esta permitido. Esto se justifica en que el motivo del cese se debe al vencimiento del contrato, que se trata como una causa de extinción de la relación laboral, mas no puede considerarse como un despido.

Camino al trabajo

Finalmente reiterar que la cobertura de cualquier accidente laboral o enfermedad común tendrá que ser cubierto por EsSalud o por la EPS, sin importar que el accidente o evento no deseado se haya producido durante el traslado al centro laboral.

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